El periodo de prueba es un plazo de tiempo establecido por el Estatuto de los Trabajadores que permite a ambas partes, trabajador y empresario, evaluar la conveniencia de la relación laboral. Durante este tiempo, el trabajador puede comprobar si el puesto de trabajo le conviene y si la empresa cumple con sus expectativas, y el empresario puede evaluar las aptitudes y habilidades del trabajador.
Si quiere saber más sobre este concepto, siga leyendo este nuevo post que le traemos desde el despacho de Carlos Castro, abogados laboralistas en Santiago de Compostela.
Duración del periodo de prueba
La duración del periodo de prueba depende del tipo de contrato y de la empresa. En líneas generales podemos establecer los siguientes plazos:
En empresas de menos de 25 trabajadores:
- Para los trabajadores no cualificados: 6 meses.
- Para los trabajadores cualificados: 2 meses.
En empresas de más de 25 trabajadores:
- Para los trabajadores no cualificados: 3 meses.
- Para los trabajadores cualificados: 6 meses.
Sin embargo, existen excepciones, y este periodo de prueba puede reducirse o ampliarse en los siguientes casos:
- Por convenio colectivo. Los convenios colectivos pueden establecer una duración diferente del periodo de prueba para determinados puestos de trabajo o categorías profesionales.
- Por acuerdo entre las partes. El empresario y el trabajador pueden acordar una duración diferente del periodo de prueba, siempre que no sea inferior a la mínima legal.
Derechos del trabajador durante el periodo de prueba
Durante el periodo de prueba, el empleado tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de los trabajadores de la empresa, es decir:
- Salario. El trabajador tiene derecho a percibir el salario correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe, incluidas las pagas extraordinarias.
- Seguridad Social. Debe estar afiliado a la Seguridad Social y tiene derecho a las prestaciones sociales que correspondan, en caso de enfermedad, accidente, etc.
- Vacaciones. Tiene derecho a disfrutar de las vacaciones correspondientes al periodo de prueba.
- Formación. Tiene derecho a recibir la formación necesaria para el desempeño de su puesto de trabajo.
Y a la vez, ha de:
- Cumplir las normas y reglamentos internos de la empresa.
- Respetar los horarios establecidos.
- Desempeñar las tareas asignadas de manera diligente y profesional.
- Mantener la confidencialidad de la información delicada a la que pueda tener acceso en el desempeño de sus funciones.
Solo hay dos excepciones:
- No tiene derecho a indemnización por despido durante el periodo de prueba.
- No tiene derecho a preaviso en caso de despido durante el periodo de prueba. La comunicación con antelación de despido es voluntaria y no obligatoria para el empleador.
¿Precisa asesoramiento legal?
Si tiene alguna duda o consulta sobre el periodo de prueba o quiere contratar los servicios de un abogado laboralista para defender sus derechos, no dude en contactar con nuestro despacho en Santiago.
¡Le esperamos en Carlos Castro!